¿Qué cambios tiene que comunicar?
Comunique los cambios a tiempo
Si cambia algo en su situación, comuníquenoslo antes de 4 semanas. Hágalo a tiempo para evitar una multa.
Sepa a qué tiene que atenerse y qué es lo que se espera de usted.
¿Qué modificaciones no es preciso que nos comunique?
Las siguientes modificaciones las recibimos del ayuntamiento. Una razón de más para comunicar esas modificaciones a tiempo a su ayuntamiento.
- Un cambio de domicilio de usted o de su familia dentro de los Países Bajos
- El fallecimiento de un miembro de la familia (en los Países Bajos)
- Matrimonio o pareja registrada (en los Países Bajos)
- Divorcio (en los Países Bajos)
- Otra nacionalidad
¿Qué cambios tiene que comunicarnos siempre?
Los siguientes cambios nos los tiene que comunicar siempre en el plazo de 4 semanas. También si reside fuera de los Países Bajos.
- Si una persona mayor de 27 años va a vivir con usted en su casa (persona inscrita en el mismo domicilio ). No hace falta que nos lo comunique si esta persona figura inscrita en el ayuntamiento neerlandés conforme vive en su casa
- Una persona mayor de 27 años deja de vivir en su domicilio (persona inscrita en el mismo domicilio). No hace falta que nos informe de ello si esta persona se ha dado de baja en el ayuntamiento neerlandés conforme vivía en su casa
- Una persona mayor de 27 años que residía con usted se ha ido de los Países Bajos para cursar estudios
- Usted va a alquilar o a arrendar una habitación (persona inscrita en el mismo domicilio)
- Usted ha dejado de alquilar una habitación a una persona que residía en su domicilio
- Usted ha dejado de tener alquilada una habitación en su casa a otra persona inscrita en el mismo domicilio
- Usted va a permanecer temporalmente en otra dirección, por ejemplo, en casa de familiares o por motivo de ingreso en un hospital o residencia sociosanitaria.
- Usted va a convivir con otra persona sin contraer matrimonio
- Usted se va a separar (separación de cuerpo y bienes)
- Usted deja de residir en el mismo domicilio que su pareja
- Usted deja de convivir como soltero con su pareja
- Usted y su cónyuge viven separados de hecho
- Usted y su pareja vivieron largo tiempo separados y van a reanudar la convivencia
- Usted vive separado por largo tiempo de su cónyuge e inicia la convivencia con otra persona
- Usted se casa o inicia una unión de hecho registrada fuera de los Países Bajos
- Usted y su cónyuge se divorcian o se separan legalmente fuera de los Países Bajos
- Usted o su pareja fallece fuera de los Países Bajos
- Usted o su pareja van a residir fuera de los Países Bajos
- Cambia su permiso de residencia
- Usted o su pareja ingresan en un centro de cuidados o en una residencia sociosanitaria
- Usted o su pareja dejan de permanecer en un centro de cuidados o en una residencia sociosanitaria
- Usted o su pareja ingresa en el hospital
- Usted o su pareja ha sido dado de alta de un hospital
- Usted o su pareja permanece en un establecimiento de residencia protegida por internamiento judicial
- Usted o su pareja dejan de permanecer en un establecimiento de residencia protegida por internamiento judicial
- Usted va a trabajar
- Sus rendimientos del trabajo aumentan o disminuyen
- Usted va a percibir ingresos de una empresa propia o actividad autónoma
- Sus ingresos de una empresa propia o actividad autónoma aumentan o disminuyen
- Usted recibe otros ingresos
- Va a percibir una prestación
- Usted percibe un pago del Presupuesto personal (PGB) porque acompaña o cuida de alguien
- Su hijo de 16 o 17 años va a trabajar o a percibir una prestación
- Usted recibe una pensión de los Países Bajos o de otro país
- Su pensión o prestación del extranjero aumenta o disminuye
- Usted percibe una pensión alimenticia
- Su pensión alimenticia aumenta o disminuye
- Usted recibe ingresos a posteriori por un periodo en que había percibido una ayuda asistencial (AIO)
- Usted recibe una devolución (provisional) del Belastingdienst
- La devolución (provisional) del Belastingdienst (fisco neerlandés) aumenta o disminuye
No precisa comunicarlo si se trata de un ligero aumento anual o semestral de la pensión o prestación de usted o de su pareja.
Para la ayuda asistencial (AIO) se contabilizan todos los ingresos de usted y de su cónyuge/pareja. Las modificaciones mencionadas arriba también son de aplicación para su cónyuge/pareja.
Por patrimonio entendemos: todas las pertenencias dentro y fuera de los Países Bajos en bienes muebles e inmuebles y dinero de usted, su pareja y de los eventuales hijos menores que viven en casa con usted. Por ejemplo:
- ahorros
- herencia o donacióndonación
- indemnización e indemnización de daños
- abono de un seguro o de pensión
- distribución de bienes tras separación o la extinción de la convivencia
- bienes de un determinado valor como un coche, arte, antigüedades, joyas
- un premio en la lotería
Durante el periodo de un año usted puede permanecer un máximo de 13 semanas fuera de los Países Bajos. Lo anterior puede ser de una sola vez o en distintos periodos. Antes de su salida al extranjero, nos tiene que comunicar cada estancia fuera de los Países Bajos. Comuníquenos la fecha de salida y la fecha de regreso. La ayuda asistencial (AIO) quedará suspendida si permanece más de 13 semanas fuera de los Países Bajos.
Si su estancia empieza en un año y termina en el siguiente año, su estancia fuera de los Países Bajos podrá durar más de 13 semanas.
Si su cónyuge/pareja todavía no ha cumplido la edad legal de jubilación para la AOW, su pareja podrá permanecer un máximo de cuatro semanas fuera de los Países Bajos. Tras ese periodo se extinguirá la ayuda asistencial (AIO) para su pareja.
- Usted va a residir fuera de los Países Bajos
- Su pareja va a vivir fuera de los Países Bajos
- Usted ingresa en prisión, en un centro de detención o en un centro psiquiátrico penitenciario (clínica tbs)
- Usted tiene que ingresar en prisión, en un centro de detención o en un centro psiquiátrico penitenciario (clínica tbs) pero se niega a hacerlo