¿En qué casos se le considera como huérfano?
La prestación de orfandad es un importe para una persona que ha perdido a ambos padres. A esta persona se le denomina huérfano.
Usted es huérfano si:
- ambos padres han fallecido. Independientemente de si son sus padres biológicos o adoptivos
- el último de los padres fallece. El otro de los padres ya ha fallecido
- uno de los padres fallece. El otro no está registrado en el ayuntamiento
- uno de los padres fallece. El otro de los padres está registrado en el ayuntamiento desde hace tiempo como desaparecido
Usted no es huérfano si:
- uno de los padres fallece. El otro no aparece por el hogar o no participa activamente en la educación, pero sí está registrado como padre/madre en el ayuntamiento
- uno de los padres fallece. El otro ya no tiene la patria potestad sobre usted
- uno de los padres fallece. El otro sigue en vida