Compruebe si su empleado sigue asegurado en los Países Bajos

¿Va a trabajar su empleado fuera de los Países Bajos y su empleado es desplazado? En ese caso es importante informarse sobre si su empleado permanece asegurado en los Países Bajos, y si usted ha de abonar las cuotas en los Países Bajos. Esto depende entre otras cosas del país al que va a trabajar su empleado.

Usted tiene una empresa que transporta personas o mercancías a países de la UE (Unión Europea) o del EEE (Espacio Económico Europeo). Si su empleado va a trabajar fuera de los Países Bajos, probablemente seguirá asegurado en los Países Bajos por los seguros sociales si su empleado:

  • vive en los Países Bajos, o
  • vive en otro país de la UE y dedica menos del 25% de su horario laboral a trabajar en ese otro país

Usted retiene las cuotas de los seguros sociales del salario de su empleado y los abona al Belastingdienst en los Países Bajos. En muchos países la inspección de trabajo controla si su empleado está asegurado por los seguros sociales. Mediante un formulario A1/certificate of coverage lo puede demostrar. Sin el formulario A1/certificate of coverage su empleado no puede trabajar en algunos países.

En unos cuantos casos se dan excepciones. Vea cuáles son:

Su empleado vive fuera de los Países Bajos

¿No vive su empleado en los Países Bajos y trabaja en dos o más países de la UE (incluido los Países Bajos)? ¿Es su empleado, por ejemplo, conductor de autobuses turísticos, conductor de camiones o se dedica a la navegación fluvial? Solicite una resolución al organismo de la seguridad social en el país en el que vive su empleado. Ese organismo decide si se aplican los seguros sociales a su empelado. Si es así, en los dos meses siguientes puede solicitar un formulario A1/certificate of coverage a nuestro organismo. Envíe entonces la resolución del organismo extranjero.  

Su empleado trabaja por lo menos el 25% en el país donde vive

¿No vive su empleado en los Países Bajos? ¿Y dedica más del 25% de su horario laboral a trabajar en el país de la EU o EEE en que vive? Entonces está asegurado en el país en que vive. Inscríbase usted como empleador en el país en que vive su empleado. Entonces puede percibir su empleado las prestaciones del paro, incapacidad laboral o pensión de jubilación de ese país.

Su empleado es miembro de las tripulaciones de vuelo y de cabina de los vuelos civiles

Si su empleado es personal de cabina o forma parte de la tripulación de una compañía aérea civil, estará asegurado en el país donde tiene su base. Si son los Países Bajos el país de base, entonces estará asegurado en los Países Bajos.

Su empleado navega en el Rin

¿Trabaja su empleado en la tripulación de un buque que navega en el Rin? Entonces su empleado está asegurado en el país en que tiene su sede el dueño de la nave.

Responda a las siguientes preguntas y compruebe si su empleado sigue asegurado en los Países Bajos.

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